La Consejería de Cultura, Turismo y Deportes convoca las ayudas destinadas a la producción de largometrajes para el año 2021.

Con el programa de ayudas contribuyen al desarrollo del sector audiovisual extremeño, en todas sus dimensiones con mayores implicaciones de nuestra industria cultural, de medios humanos y técnicos y en ese sentido, el apoyo a los creadores, profesionales y empresas de producción audiovisual a fin de facilitar su desarrollo y expansión en el ámbito nacional, europeo e internacional.

Las ayudas convocadas se regirán por lo previsto en la Orden de 29 de marzo de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a la producción de largometrajes en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 67, de 12 de abril), lo establecido en la Ley 6/2011 de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo igualmente de aplicación las disposiciones de carácter básico contenidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y demás normativa básica de desarrollo.

El importe total de la convocatoria es de 300.000 euros, asignándose 250.000 euros al proyecto de largometraje de ficción con mayor puntuación obtenida según los criterios de valoración, y 50.000 euros al proyecto de largometraje documental con mayor puntuación obtenida según los criterios de valoración.

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria y el extracto de la misma en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, es decir, del 10 al 30 de junio de 2021.

Tanto la solicitud como el resto de anexos se podrán descargar en el siguiente portal https://ciudadano.gobex.es/ en la oficina virtual, sección trámites, buscador de trámites, texto: Producción de largometrajes.

Podrás encontrar toda la información relacionada con estas ayudas en el Documento Oficial de Extremadura número 109, publicado el 9 de junio de 2021 (http://doe.gobex.es/pdfs/doe/2021/1090o/21061666.pdf). Procedimiento de concesión, financiación, beneficiarios, documentación necesaria, etc.

La resolución de estas ayudas expresa  y motivada se dictará en un plazo de un mes desde la elevación de la misma.

Las subvenciones concedidas serán publicadas en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.

Otros sitios web de interés son los siguientes:

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